investigación deuda, influencias y gastos sobre secretaría de inversión público productiva de Miguel RiquelmePortada Reportaje
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Los gobiernos de coalición, en caso de que se de una alianza ganadora en Coahuila, ya son una realidad desde la parte legislativa.

La Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia del Congreso de Coahuila aprobó el dictamen que permitirá crear la Ley de Gobiernos de Coalición, una iniciativa que permitirá configurar estructuras de gobierno con representantes de distintos partidos políticos.

Gobiernos de coalición; reglas para una futura alianza

La propuesta, presentada originalmente por las diputadas panistas Natalia Virgil y Mayra Valdés, busca dejar las reglas claras en caso de que el gobierno de Coahuila sea ganado en las próximas elecciones por una coalición como la que pudiera construirse entre el PAN, PRI y el PRD, entre otras organizaciones que puedan llegar a sumarse.

«La razón del Gobierno de Coalición está cimentada en la necesidad de construir mayorías para alcanzar una gobernabilidad democrática, lo que además de ampliar márgenes de consenso otorga elementos para mantener un equilibrio entre el ejercicio del Poder Ejecutivo y el Legislativo en contextos de gobiernos divididos.», indica la exposición de motivos de la iniciativa.

Gobiernos de coalición y las modificaciones

La figura de gobierno de coalición existe en la Constitución desde 2014, pero el Congreso de Coahuila será el primer ente que legisle, avale y ponga en práctica esta legislación en todo el territorio mexicano.

La iniciativa aprobada establece que el funcionario electo a través de una coalición, tendrá la facultad de repartir los cargos dentro de la administración pública entre todas las fuerzas políticas que le acompañaron en la elección.

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En este sentido, los legisladores modificarán el artículo 82 de la Constitución Política del Estado de Coahuila, en su fracción IV, para que quede de la siguiente manera:

«En caso de que el Gobernador del Estado resulte electo por una coalición electoral, podrá considerar que las designaciones a que se refiere el párrafo anterior se realicen de forma plural, de conformidad con las bases establecidas en el convenio de coalición previsto en la fracción XXX de este artículo, cuando se opte por dicha forma de gobierno.»

Por otro lado, también se agregarán más requisitos y reglamentaciones desde la fracción quinta hasta la 29.

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