Este martes 7 de septiembre podría ser histórico para las mujeres en Coahuila, y es que la pena por abortar podría considerarse inconstitucional por los Ministros de la Suprema Corte de Justicia.
Los capítulos 195 y 196 del Código Penal del Estado de Coahuila definen, por una parte, el delito del aborto y, por el otro, la pena que se impondrá a quien lo cometa.
En ese sentido, en Coahuila se establece que se ejecutará una sanción de uno a tres años de cárcel a la mujer que, voluntariamente, practique el aborto o a la persona que la obligara a hacerlo con su consentimiento.
De acuerdo con ocho de los once ministros de la Suprema Corte de Justicia, estos dos artículos y hasta el capítulo completo del Código Penal local, son inconstitucionales, por lo que hoy, tras la discusión y votación, el aborto podría declararse inconstitucional en Coahuila.
Por otra parte, en caso de que los Ministros secunden el proyecto de sentencia presentado por el Ministro Luis María Aguilar, sólo restaría una acción más de inconstitucionalidad para crear jurisprudencia y, así, obligar a que el aborto se despenalice en todo el país.
Hasta el momento, sólo en tres entidades del país está despenalizado el aborto. La primera en legislar el tema fue la Ciudad de México, en 2007; después, en 2019, se hizo realidad en Oaxaca y recientemente, en 2021, Hidalgo se convirtió en el tercer estado en dejar de criminalizar a las mujeres por decidir sobre su cuerpo.
En todos los casos, el aborto no está penado siempre y cuando se dé antes de las doce semanas de gestación.