Imagen: Agencia Presentes.
Fuente: La Jornada.
Redacción: Página 3.
El 25 de agosto de este año, hace dos días, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una jurisprudencia para reconocer la comaternidad como una situación jurídica de pareja, válida, en términos legales, para criar hijos e hijas y formar una familia.
Esto es que, con todos los derechos legales, que no tenían, y todas las responsabilidades oficiales que implica también, dos mujeres podrán ser reconocidas como madres de familia homoparental.
Según lo señalado por la Suprema Corte, la comaternidad se definirá como “una figura propia de la unión familiar homoparental constituida por dos mujeres, que se refiere a la doble filiación materna, por virtud de la cual la pareja de mujeres se encarga del cuidado bajo su seno de uno o más hijos, como cualquier ejercicio de crianza parental».
Su fundamento es el artículo cuarto de la Constitución Mexicana, específicamente, aquél que señala el derecho a todo tipo de familias de registrar a sus hijos:
“Todas las personas sin distinción de género u orientación sexual tienen derecho a formar una familia y, si es su deseo, acceder a la procreación y crianza de hijos (e hijas) propios , adoptados, gestados mediante el uso de técnicas de reproducción asistida o procreados por uno de ellos«.
La jurisprudencia resulta como consecuencia de la tesis LXV/2019, emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte.
Tuvo lugar después de un amparo en el Registro Civil de Aguascalientes donde se pide reconocer a dos madres que se inscriben como tal para conseguir un acta de nacimiento.